Vecinos de Castelar piden la Clausura definitiva de SUCHT- BAR por estar funcionando fuera de la Ley.

En Audiencia Pública (AP) celebrada el pasado 6 de octubre en el HCD de morón, concejales y concejalas escucharon el reclamo de vecinos de Arias y Arrecifes de Castelar, por los perjuicios que trae el Local Bar/ Recreación Nocturna SUCHT- BAR,
desde hace casi 20 años.

Los cierto es que con el NRO de expediente 83691/22 el solicitante Alejandro German Moreno, solicito con fecha 29/04/2022 una ‘transferencia de habilitación comercial y anexo rubro…» en la AP.
Paralelamente, se presentó un grupo de vecinos oponiéndose a que el cuerpo deliberativo lo apruebe vía excepción fundamentando que el local está
» totalmente fuera de toda normativa» además de solicitar a los funcionarios que «regularicen este vicio administrativo de manera definitiva, ordenando la clausura del local, por dañina, perjudicial y contravencional.»

«Es un bar que hace muchos años funciona cómo boliche bailable causando ruidos molestos, jóvenes por las calles con comportamientos inadecuados durante toda la madrugada, y el amontonamiento de cantidad de chicos en un ambiente que no daría el metraje del lugar tampoco cómo boliche además de ser ilegal por estar en zona residencial.» manifestaron los vecinos.

«La venta de alcohol y drogas en la vía pública», el daño económico para los vecinos propietarios, y ..»la Ausencia del Estado Municipal que se mantiene indiferente ante el reclamo vecinal totalmente justificado con constantes y reales reclamos a las diferentes secretarias del municipio de moron…» y la » no transparencia en la habilitación» son los puntos más relevantes de la presentación de los vecinos:

«Al Presidente del HCD local, Marcelo González » los vecinos de Castelar norte, que vivimos próximos a las instalaciones del Local de Uso Recreativo Nocturno Funcionando Fuera de la Ley, denominado SUCHT, solicitamos la Clausura Definitiva de dicho negocio.
La Solicitud después de múltiples pedidos y encuentros con funcionarios públicos, se formalizó el 06 de octubre de 2021, ingresando por Mesa de Entradas con el número 15243/21 Ref.: Conforme a la información del Expediente HCD 9010-9.994/16-0 del 19 de septiembre de 2016, entregada por el entonces Concejal Hernán Sabbatella. Solicitamos la clausura, cierre definitivo del Local de Recreación Nocturna SUCHT- BAR, por estar funcionando fuera de la Ley. ‘ inicia la presentación entregada en AP.

» El código de ordenamiento urbano del Partido de Morón, en el segmento denominado GRILLA GENERAL DE USOS, determina que en zona Residencial (R) Las actividades destinadas a la explotación económica: LOCALES DE RECREACIÓN NOCTURNA A y B No están permitidas.

En el mismo código de ordenamiento urbano se establece un índice de valores de Gestión de Calidad Ambiental, el cual determina: Decibeles permitidos en zona R: Ruidos:
 De día de 7 hs. a 19 hs. 50 decibeles  De Noche 19 hs. a 7 hs. 35 decibeles
Todo lo mencionado está sancionado con fuerza de ordenanza por el Honorable Concejo Deliberante, es decir, es de Carácter Obligatorio y Unívoco. No ambivalente.

El Local de Arrecifes 893/897 hasta el mes de agosto de 2016 poseía un Certificado de habilitación Comercial Bajo los rubros CAFÉ- BAR. Esto es Falso Desde tiempo atrás y hasta la fecha allí funciona un local de recreación nocturna clasificado en las categorías A y B: BAR NOCTURNO – NIGHT CLUB Con el nombre SUCHT- BAR de fantasía, vía redes sociales se realizan convocatorias entre las 23:30 a las 6:00 de la mañana del día siguiente. Tiempo durante el cual se ejecuta música amplificada y proyección de videos muy por sobre los decibeles establecidos para la zona residencial. Incluso en la vereda la convocatoria de los concurrentes comienza mucho antes y
termina después del horario de apertura. Aportando aún más ruidos molestos desde sus propios autos particulares. El resultado arrojado ante la consulta por medio del software de simulación de trámite de solicitud, denominado ¨ventanilla única empresarial¨ (V.V.E.) Es el siguiente: Local de Recreación Nocturna A / B: USO NO PERMITIDO – COU – AREA PARTICULARIZADA
En el año 2010 se sancionó la Ordenanza N° 13.115/10 Reemplazando a la Ordenanza N° 6495/04 Bajo la cual hasta el año 2016 se articulaba el Certificado de Habilitación de dicho local, destinado a Café – Bar con Factor de ocupación de 1 persona cada 3 metros cuadrados.
En la misma se Prohíbe al titular del Certificado de Habilitación bajo el rubro Café – Bar:
1. Contar con instalaciones de equipos electrónicos de música, permitiéndose exclusivamente televisores, sin amplificador de sonido.
2. Bailes públicos y/u ocasionales
3. Todo tipo de actividades que se encuentren tipificados en las categorías de los locales de recreación.
Asimismo se establece que toda modificación de la habilitación comercial (Actualización del rubro, anexo etc.) Sólo será realizable si es compatible con Grilla General de Usos y C.O.U. Contradictoriamente, ante lo establecido legalmente y sin tener reparo alguno por las consecuencias negativas, perjudiciales y dañinas que esto ocasiona a los Habitantes, al Municipio y a las Secretarías y Direcciones del Gabinete Municipal.

A saber:  SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL Y RELACIONES CON LA COMUNIDAD  SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA  SECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO CIUDADANO  SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA  OBRAS PARTICULARES  HABILITACIONES E INSPECCIÓN GENERAL
Claramente responsables de regularizar la situación, que se mantienen indiferentes ante el reclamo vecinal totalmente justificado, más allá de la ilegalidad. Por los daños que los habitantes de la zona padecen: La incompatibilidad del descanso nocturno con las ensordecedoras vibraciones ocasionadas por el ruido del local, el que se extiende en el exterior sobre el Espacio Público Municipal, donde los concurrentes producen disturbios previa y a la salida de la convocatoria, permaneciendo más allá de la madrugada, haciendo sonar la música a todo volumen, ocupando las veredas lindantes, utilizándolas como retretes, vandalizando los frentes de las viviendas, golpeando las puertas de los frentes hasta la exasperación, para luego reírse por el posible susto causado, gritarse y amenazarse mutuamente con armas e irse subiendo a las veredas con sus autos al salir, rompiendo defensas hechas justamente para evitar que uno de los autos que hacen picadas, termine adentro de una de las casas del vecindario (debido al probable estado de alteración del conductor) con el peligro que esto implica para la seguridad, no solo de los vecinos, sino de los mismos asistentes, los que en muchos casos terminan amaneciendo dormidos sobre su propio vómito en la vereda.
Con la ausencia del Estado Municipal. Salvo contadas excepciones, esto es una constante por las noches desde el jueves, hasta el domingo a la madrugada y vísperas de feriado, incluyendo el período de aislamiento
cuando transgredieron no solamente el COU, sino las normas del Protocolo de Seguridad ante la Pandemia. Observándose consumo, venta de alcohol y drogas en la vía pública.
El daño es también económico para los vecinos ya que sus propiedades se ven devaluadas ante una posible venta o alquiler de la misma. Para casos como este, el código único de habilitaciones de actividades económicas locales (sancionado con fuerza de ordenanza) posee garantías de revocatoria de certificado de habilitación, ante daños a los habitantes por la explotación de la actividad económica. Eso en caso de tratarse de una actividad que funciona en paralelo a lo declarado en el Certificado de Habilitación, pero, dado que esta actividad está PROHIBIDA es NULO LEGALMENTE.
Los firmantes damos testimonio de los ruidos molestos, vibraciones trasladadas a muros linderos y/o proximidad a corto-mediano y largo alcance, hechos de violencia, riñas, robos, invasión de entradas privadas de vehículos, ocupación de la acera y calles aledañas con vehículos de los concurrentes, al local mencionado, haciendo INSOPORTABLE LA HABITABILIDAD y la residencia, tanto mientras se prepara la multitudinaria concurrencia, para el inicio de la apertura de la actividad y hasta horas incluso después del cierre de la misma.
Todo esto como dijimos también ocasiona un serio perjuicio económico en el valor de las propiedades del barrio.

Por todas estas razones le pedimos al Concejo Deliberante en su conjunto por medio de su Presidente, con la autoridad que su función les concede, que en la próxima Audiencia Pública a desarrollarse este jueves 06 de octubre de 2022, a la cual los vecinos de la manzana no fuimos convocados, NO AUTORICEN POR EXCEPCIÓN LA TRANSFERENCIA DE HABILITACIÓN COMERCIAL Y ANEXO DE RUBRO, para permitir el funcionamiento del local como Club nocturno, totalmente fuera de toda normativa y regularicen este vicio administrativo de manera definitiva, ordenando la clausura del local, por dañina, perjudicial y contravencional. Señores Concejales confiamos que darán una solución ejemplar. Los vecinos firmantes del expediente 15243/21″

En los vídeos, una vecina expone su preocupación por este tema.

En el segundo video se ve a la concejal de Juntos por el Cambio, Marita Traverso haciendo su análisis de la situación y llamando a conciencia de accionar sobre la resolución definitiva del expediente.

Actualmente el expediente está pendiente de tratamiento, circulando en las distintas comisiones que integran el HCD, para su resolución.

MorónDigital

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